SEGUROS PARA SU BIENESTAR, SEGUROS DE SALUD
Seguros para su bienestar, seguros de salud. Su salud y la de su familia deben estar protegida antes, durante y después de cualquier evento inesperado. Es por esta razón que nuestros seguros de salud le brindan a usted y a su familia todo el acompañamiento necesario en caso de que una enfermedad o accidente le impidan cumplir sus sueños. Con nuestros seguros de salud, usted y su familia cuentan con el apoyo de un equipo interdisciplinario de profesionales de la salud que le brindarán la atención que requiere, ya sea en Colombia o en el exterior.
ESTE SEGURO LE SIRVE PARA
- Disfrutar de un acompañamiento médico enfocado en identificar anticipadamente los riesgos de salud con el objetivo de prevenir cualquier enfermedad.
- Proteger a su grupo familiar asegurado de una enfermedad originada o un accidente ocurrido durante la vigencia del seguro. Incluye la maternidad.
- Obtener orientación para que usted y su familia desarrollen hábitos más saludables..
- Contar con un respaldo económico que protege su patrimonio en situaciones en donde su salud o la de su grupo familiar asegurado se vea afectada.
EN QUÉ CONSISTE ESTE SEGURO? ASÍ LO PROTEGEMOS:3
Habitación hospitalaria y Unidad de Cuidados Intensivos
¿Qué cubre?
- Los gastos causados por el asegurado por pensión diaria (habitación privada, dieta alimenticia, llamadas telefónicas locales, alquiler de televisión, servicio de enfermería y cama para acompañante).
- Los gastos en que incurra el asegurado por la permanencia en la Unidad de Cuidado Intensivo. (Incluye los honorarios médicos del intensivista).
¿Qué no cubre?
- Habitación suite.
- Los gastos médicos ocasionados por atenciones prestadas por instituciones o profesionales que no estén legalmente autorizados para el ejercicio de las actividades médicas.
- Los gastos por accidentes que le hayan ocurrido a usted y/o a su familia antes de comprar la póliza, así como sus secuelas o sus consecuencias.
Honorarios Médicos Hospitalarios
¿Qué cubre?
- Honorarios médicos quirúrgicos (cirujano, anestesiólogo y ayudante de cirugía).
- Honorarios médicos por tratamiento hospitalario no quirúrgico (visita diaria del médico tratante al asegurado hospitalizado por un tratamiento no quirúrgico).
- Honorarios médicos del intensivista (cuando el asegurado se encuentre hospitalizado en la unidad de cuidado intensivo).
- Honorarios médicos por interconsultas (si el asegurado hospitalizado requiere atención médica de especialistas diferentes al médico tratante, se reconocen máximo tres (3) visitas diarias por especialidad).
- Consulta pre anestésica (una consulta pre anestésica).
¿Qué no cubre?
- Gastos médicos ocasionados por atenciones prestadas por instituciones o profesionales que no estén legalmente autorizados para el ejercicio de las actividades médicas.
- Honorarios profesionales por servicios ordenados o prestados por el cónyuge o compañero (a) permanente o por familiares del asegurado hasta el segundo grado de consanguinidad.
Gastos ambulatorios
¿Qué cubre?
- Los gastos generados por fracturas, esguinces y luxaciones (honorarios médicos por la atención inmediata, rayos x, medicamentos, yeso, sesiones de terapia física.
- Los gastos para exámenes de diagnóstico diferentes a exámenes de laboratorio clínico (Rayos X, ecografías, resonancia nuclear magnética, tomografía axial computarizada, exámenes de medicina nuclear, SPECT, PET scan, así como los medios de contraste que se necesiten).
- Los gastos por tratamiento médico ambulatorio si durante el tiempo de permanencia continua del asegurado en la póliza, requiere tratamiento médico ambulatorio por alguna de las enfermedades referenciadas a continuación y que las mismas hayan sido cubiertas por esta póliza (Insuficiencia renal aguda o crónica, Lupus eritematoso sistémico, Cáncer, Trasplantes, Sida, Enfermedad pulmonar obstructiva crónica, Aplasia medular).
- Los gastos para tratamientos de rehabilitación por los siguientes eventos: Trauma raquimedular, Trauma craneoencefálico severo, Accidente cerebro vascular, Enfermedad de Guillain Barré, Enfermedad coronaria e insuficiencia cardiaca. Por 6 meses a partir del egreso hospitalario u ocurrencia del evento.
- Consulta externa a través de la red de proveedores idóneos (Médico general, Médico especialista, Medicina complementaria, Psicología, Nutricionista y Optometría). Con deducible a cargo del asegurado.
¿Qué no cubre?
- Atención odontológica en general.
- Gastos médicos ocasionados por atenciones prestadas por instituciones o profesionales que no estén legalmente autorizados para el ejercicio de las actividades médicas.
- Los chequeos médicos ejecutivos con o sin hospitalización.